Sentencia N° 180 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de diciembre de 2020

TSJ/SPA, Sent. N° 00180, Exp. 2016-0466, 10/12/2020
Expediente2016-0466
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2020-12-09
DecisiónHomologado

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia número 00180, homologando un acuerdo conciliatorio entre Emilio Bali Asapchi y la República Bolivariana de Venezuela, en relación a una demanda de nulidad contra el silencio administrativo negativo del Ministro del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas. La demanda se originó por la negativa a un recurso jerárquico relacionado con la autorización de un servicio de alquiler de embarcaciones en el Parque Nacional Archipiélago Los Roques. Durante el proceso, se llevaron a cabo varias audiencias y actos de resolución alternativa de conflictos, donde las partes manifestaron su voluntad de conciliar. Finalmente, se logró un acuerdo que fue homologado por la Sala, dando por terminado el proceso judicial. La decisión resalta la importancia de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos en el ámbito contencioso-administrativo. La sentencia fue firmada el 9 de diciembre de 2020 y publicada el 10 de diciembre del mismo año, con la participación del Magistrado Ponente Marco Antonio Medina Salas y otros magistrados de la Sala.

Extracto de la motiva

Conforme se desprende de los referidos artículos, los órganos de administración de justicia que conforman la Jurisdicción Contencioso Administrativa, incluyendo esta Sala Político-Administrativa, deben reconocer la importancia de los medios alternativos de solución de conflictos para facilitar el acuerdo entre las partes, generando mayores ámbitos de encuentro entre ellas e incrementar la fluidez en sus relaciones jurídicas. En este orden de consideraciones se observa que en fecha 4 de mayo de 2017, en la oportunidad en que tuvo lugar la audiencia de juicio de este proceso, el apoderado judicial de la parte demandante solicitó se acuerde un acto conciliatorio. En tal sentido, y dadas las particularidades del presente asunto, se convocó al Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo, a la Fiscalía General de la República, a la Procuraduría General de la República y al Instituto Nacional de Parques (INPARQUES) a manifestar si tenían interés en participar en un acto de resolución alternativa de controversias.

Dispositiva

Se homologa el acuerdo conciliatorio y se declara terminado el presente proceso judicial.

Palabras clave

nulidadsilencio administrativoconciliaciónParque Nacional Archipiélago Los Roques

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