Sentencia N° 1515 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de diciembre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01515, Exp. 2012-1406, 12/12/2012
Expediente2012-1406
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2012-12-11
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Promociones Recreativas Venezolanas C.A. contra la sentencia que declaró la perención de la instancia en un recurso contencioso tributario. La apelante no cumplió con la carga procesal de fundamentación de su apelación, lo que llevó a la Sala a declarar el desistimiento tácito de la misma, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse respecto a la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la contribuyente Promociones Recreativas Venezolanas C.A., contra la sentencia N° PJ602012000071 de fecha 6 de marzo de 2012 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró la perención de la instancia en el recurso contencioso tributario ejercido por la mencionada empresa. Sin embargo, visto que la apelante no cumplió su carga procesal de fundamentación, hay que atenerse a lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que prevé: "Artículo 92: Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación". La norma citada establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que exponga las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de fundamentación, el desistimiento tácito de la apelación.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil PROMOCIONES RECREATIVAS VENEZOLANAS C.A., contra la sentencia N° PJ602012000071 de fecha 6 de marzo de 2012 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, la cual queda FIRME. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

apelacióndesistimientojurisdiccióncontenciosoadministrativacarga procesal

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