Sentencia N° 1493 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de noviembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01493, Exp. 2005-4726, 16/11/2011
Expediente2005-4726
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2011-11-15
DecisiónPERENCIÓN

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la perención de la instancia solicitada por el abogado Oscar Hernández Álvarez, apoderado judicial de la sociedad mercantil Sistema Hidráulico Yacambú Quibor, C.A. La perención se fundamenta en la falta de impulso procesal, ya que desde la admisión de la demanda el 18 de noviembre de 2009 hasta la fecha de la decisión, había transcurrido un lapso superior al año sin que se ejecutara ningún acto procesal por parte del demandante. La Sala, al analizar el caso, determinó que se debía declarar extinguida la instancia en la causa incoada por el ciudadano Héctor Efraín Jiménez González contra las referidas empresas.

Extracto de la motiva

La perención de la instancia constituye un mecanismo anómalo de terminación del proceso, en el sentido de que el pronunciamiento proferido por el operador de justicia que declare la perención no produce cosa juzgada material, pudiendo el accionante interponer nuevamente la acción en similares términos como fue propuesta anteriormente, siempre que se encuentre dentro del lapso legal establecido a tales fines. Este instituto procesal se constituye, así, en un mecanismo de ley diseñado con el propósito de evitar que los procesos se perpetúen y los órganos de administración de justicia deban procurar la composición de causas en las cuales no existe interés de los sujetos procesales. (Vid. sentencia N° 00620 dictada por esta Sala en fecha 11 de mayo de 2011, caso: Arlines del Jesús Castillo Rojas, Humberto de Jesús Iezzi Salazar y Magda Elena Figueroa Ramos). En el caso bajo examen, luego admitida la demanda el 18 de noviembre de 2009, el Juzgado de Sustanciación libró el 22 de febrero de 2010 las citaciones correspondiente a las empresas demandadas, en la persona de sus representantes legales, para que dieran contestación a la acción interpuesta en su contra, para lo cual comisionó al Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Posteriormente, el 27 de julio de 2011, compareció el abogado Oscar Hernández Álvarez, actuando con el carácter de apoderado judicial de una de las empresas demandadas, esto es, la sociedad mercantil Sistema Hidráulico Yacambú Quibor, C.A., a fin de solicitar “…se declare la perención de la demanda y de la acción en ella interpuesta, por la inactividad procesal.” (Subrayado de la Sala). En fecha 2 de agosto de 2011, el Alguacil del Juzgado de Sustanciación consignó comisión sin cumplir librada al señalado Juzgado de Municipio, alegando la falta de impulso procesal de la parte actora en promover la citación de las empresas demandadas.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda interpuesta por el ciudadano HÉCTOR EFRAÍN JIMÉNEZ GONZÁLEZ, antes identificado, contra las sociedades mercantiles SISTEMA HIDRÁULICO YACAMBÚ QUÍBOR C.A. y DELL’ACQUA, C.A. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

perencióninstanciaprocesojusticiaderechonormativa

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