Sentencia N° 132 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de marzo de 2026

TSJ/SPA, Sent. N° 00132, Exp. 2026-0044, 05/03/2026
Expediente2026-0044
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRecurso de Hecho
Fecha de la decisión2026-03-05
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de hecho interpuesto por DHL Global Forwarding Venezuela, C.A. contra la sentencia interlocutoria que declaró la perención breve y la extinción del proceso contencioso tributario. La Sala declaró inadmisible el recurso por extemporáneo, argumentando que la apelación no era procedente debido a que el quantum de la causa no excedía las quinientas unidades tributarias, lo que limitaba el derecho a apelar. Además, se anuló la sentencia interlocutoria que había declarado la perención breve, ordenando la notificación correspondiente a la Procuraduría General de la República para continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

Así pues, vista la referida apelación ejercida por la representación judicial de la contribuyente, contra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva Nº 038/2025 del 16 de mayo de 2025, a través de la cual se declaró la perención breve y la extinción del presente proceso, es por ello que a este Juzgador le resulta importante traer a colación la Sentencia Nº 01658 de fecha 10/12/2014, caso: Plusmetal Construcciones de Acero, C.A., cual establece: (…) Es por ello, que una vez revisadas las actas procesales, (…) este Juzgador pudo constatar que la presente controversia versa sobre un monto que está por debajo de lo establecido para que pueda la parte recurrente ejercer el recurso de apelación, dejando claro que el presente juicio es contra la Resolución N° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2022-0762 emitida el 11 de julio de 2022, y acto administrativo contenido en la Decisión Administrativa N° SNAT/INA/GAP/MAR/AAJ/2017-000655 de fecha 16 de febrero de 2017 y notificada el 10 de mayo de 2017, emanada por la Gerencia de la Aduana principal de Maracaibo, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se impuso a la contribuyente sanción por 50 Unidades Tributarias. Así se decide. En consecuencia, por cuanto se evidencia que la cuantía del presente recurso contencioso tributario interpuesto por (…) ‘DHL GLOBAL FORWARDING VENEZUELA, C.A’, es de Cincuenta unidades tributarias (50 U.T), no admite apelación, por cuanto el quantum de la causa no excede de las quinientas (500) unidades tributarias. Así se decide (…)”. (Sic.). (Destacados del texto).

Dispositiva

1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso de hecho ejercido en fecha 25 de noviembre de 2025, por la representación en juicio de la sociedad mercantil DHL GLOBAL FORWARDING VENEZUELA, C.A., contra la sentencia interlocutoria número 0094/2025 del 1° de octubre de 2025, dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- INADMISIBLE por extemporáneo el recurso de hecho incoado en fecha 25 de noviembre de 2025. 3.- Se ANULA la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva número 0038-2025. 4.- Se ORDENA la notificación de la admisión del referido recurso contencioso tributario a la Procuraduría General de la República.

Palabras clave

apelaciónperencióncontencioso tributarioSENIATunidades tributariasdebido proceso

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