La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de aclaratoria presentada por Sileny Alejandra Brito Meléndez y otros, argumentando que fue interpuesta fuera del plazo establecido. La sentencia N° 100, dictada el 19 de octubre de 2022, había admitido un recurso contencioso electoral y suspendido efectos de asambleas del Colegio de Abogados del Estado Lara. La Sala determina que la solicitud de aclaratoria fue presentada 66 días después de la publicación de la sentencia, superando el lapso permitido.
Dispositiva
PRIMERO: SE ADMITE la participación de los ciudadanos Sileny Alejandra Brito Meléndez, Miguel Ángel Martínez Sequera, María Auxiliadora Álvarez Suárez, Rhoudezee Beauvais Stimphil, Kateryn Cecilia Roa Urbano, Elizabeth María Dudamel Rivero, Aroldo Antonio Piña Gil, Nicolás Alberto Hernández Acosta, Alexis Lattuf, Gioconda Marlene Silva Zurga, Orlando Quintero Sánchez y Eliezer José Lobo Rodríguez como Terceros Verdadera Parte en la presente causa. SEGUNDO: INADMISIBLE POR INTEMPESTIVA la solicitud de aclaratoria de la sentencia de esta Sala N° 100, dictada el 19 de octubre de 2022.
Palabras clave
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