La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento de la acción y del procedimiento solicitado por los ciudadanos Yoel José Pérez, Nayivet Mercedes López Galanton y Edgar Ramón Muñoz Mata, quienes interpusieron un recurso contencioso electoral contra la elección de la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano. El desistimiento fue presentado en virtud de que se materializó un nuevo proceso electoral que obtuvo reconocimiento internacional.
Extracto de la motiva
motiva a plantear [su] voluntad expresa, manifiesta y espontánea de desistir mediante el acto unilateral de autocomposición procesal, de [sus] pretensiones y poner fin al proceso iniciado con el presente Recurso Contencioso Electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la referida Comisión Electoral”. (Corchetes de esta Sala). IV CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del desistimiento del presente recurso contencioso electoral, presentados por las partes recurrentes.
Dispositiva
HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento solicitado por los ciudadanos Yoel José Pérez, Nayivet Mercedes López Galanton y Edgar Ramón Muñoz Mata, en el Recurso Contencioso Electoral ejercido conjuntamente con Amparo Cautelar contra la elección de la Comisión Electoral designada el 7 de diciembre de 2021.
Palabras clave
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