La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió una acción de amparo constitucional interpuesta por Ruscio Aronica Loreta Carmela contra la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, por la convocatoria de una Asamblea General Ordinaria. La acción fue motivada por la supuesta violación de derechos a la participación y al sufragio, alegando irregularidades en la convocatoria. La Sala, tras la inasistencia de la parte accionante a la audiencia, decidió dar por terminado el procedimiento, revocando las medidas cautelares previamente acordadas.
Dispositiva
Se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO relativo a la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Ruscio Aronica Loreta Carmela, asistida por el abogado David Salomón Plaza Ramírez, contra la convocatoria del 6 de febrero de 2020, que formuló la Junta Directiva de la Asociación Civil Club El Aguasal, a una Asamblea General Ordinaria de Socios, a celebrarse el día sábado 14 de marzo de 2020 para elegir su Comisión Electoral; en consecuencia se REVOCAN las medidas cautelares acordadas mediante la sentencia número 18 dictada el 13 de marzo de 2020.