Sentencia N° 988 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de noviembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0988, Exp. 15-016, 09/11/2017
Expediente15-016
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaAgraria
Tipo de recursoCasacion
Fecha de la decisión2017-11-09
DecisiónPERECIDO
Resumen
La sentencia se refiere a un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, AGROPECUARIA ANDROMACA, C.A., contra decisiones de instancias inferiores que declararon inadmisibles recursos previos. La Sala de Casación Social, tras revisar el caso, concluye que el recurso de casación ha perecido debido a que las denuncias planteadas no eran pertinentes para la decisión en cuestión. Se confirma la decisión del tribunal inferior y se condena en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
Es decir, la parte demandada había logrado que, mediante el ya mencionado mecanismo extraordinario de impugnación procesal, esta Sala revisase si la decisión de fecha 22 de julio de 2013 dictada por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y de los Estados Miranda y Vargas, ya descrita ut supra, contenía vicios capaz de anularla, en atención al contenido de los artículos 234 y 241 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Ahora bien, en el asunto de autos la recurrente ha planteado en su escrito de formalización denuncias que procuran la nulidad de dos decisiones que no han accedido al presente recurso de casación. Efectivamente, se esbozan delaciones contra la sentencia definitiva emanada del Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 28 de mayo de 2013, que declaró con lugar la acción; y contra el auto dictado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y de los Estados Miranda y Vargas de fecha 7 de agosto de 2013, que inadmitió el recurso de casación contra la decisión interlocutoria de fecha 7 de junio de 2013, emanada de dicho tribunal; fallos que, se repite e insiste, no tuvieron acceso al presente recurso de casación, ya que el mismo está dirigido a la sentencia de fecha 22 de julio de 2013 proferida por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y de los Estados Miranda y Vargas que declaró inadmisible el recurso de hecho propuesto por la parte accionada, contra la decisión interlocutoria proferida por el Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 7 de junio de 2013.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: PERECIDO el recurso de casación formalizado por los abogados Erenia Rojas Ramírez y Agustín Andrade González, actuando como apoderados judiciales de la parte demandada, sociedad mercantil AGROPECUARIA ANDROMACA, C.A., contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y de los Estados Miranda y Vargas, en fecha 22 de julio de 2013; SEGUNDO: SE CONFIRMA la precitada decisión. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
recurso de casaciónsentenciatribunalcostasagropecuaria