Sentencia N° 581 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de noviembre de 2024

TSJ/SCS, Sent. N° 581, Exp. 24-424, 19/11/2024
Expediente24-424
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRIGUEZ
MateriaAgraria
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2024-11-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre un Recurso de Hecho interpuesto contra una decisión interlocutoria del Juzgado Superior Agrario. Se ordena la remisión del expediente original al Tribunal Superior correspondiente, debido a la falta de remisión del mismo. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y se notifica a la juez provisorio del tribunal de origen para su cumplimiento.

Extracto de la motiva

En el Recurso de Hecho, ejercido en contra de la decisión interlocutoria dictada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas y competencia transitoria en el estado Delta Amacuro, en fecha 2 de julio de 2024, que negó la admisión del recurso ordinario de apelación ejercido el día 26 de junio de 2024, por los ciudadanos Betzabeth Zurmary Geraldino Medina y Arístides Rondón Patete, asistidos por el ciudadano Defensor Público Auxiliar Primero con Competencia en Materia Agraria del estado Monagas, abogado Leonel Rodríguez Brito, en la solicitud autónoma de protección agroalimentaria y a la continuidad de producción ganadera, sobre el predio denominado Rancho El Tranquero, así como en favor del ciudadano Humberto Javier Peck Barrios, sobre el predio denominado La Pirámide, esta Sala observa, que dicho Recurso de Hecho fue tramitado en copias certificadas y no fue remitido a esta Sala el expediente original como lo dispone el artículo 238 Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y artículo 316 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual, de conformidad con lo estatuido en el artículo 145 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, SE ORDENA al Tribunal Superior ante referido, que REMITA A ESTA SALA, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, el EXPEDIENTE ORIGINAL DE LA CAUSA, signado con el número 0695-2024, de la nomenclatura de dicho Tribunal Superior.

Dispositiva

SE ORDENA al Tribunal Superior ante referido, que REMITA A ESTA SALA, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a su notificación, el EXPEDIENTE ORIGINAL DE LA CAUSA, signado con el número 0695-2024.

Palabras clave

recurso de hechodecisión interlocutoriaprotección agroalimentariaproducción ganaderaLey de TierrasCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca