Sentencia N° 488 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 0488, Exp. 10-004, 19/05/2010
Expediente10-004
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-19
DecisiónADMISIBLE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronuncia sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Víctor Manuel Cánchica Chacón contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Estado Zulia. La Sala establece que el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo permite impugnar decisiones que violenten normas de orden público, y que el plazo para interponer dicho recurso es de cinco días hábiles tras la publicación de la sentencia in extenso. La Sala analiza los fundamentos del recurso, donde se alega la falsa aplicación del artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo, argumentando que los derechos relacionados con el Fondo de Capitalización de Jubilación son imprescriptibles. Se destaca que el Tribunal considera que el recurso no ha sido interpuesto maliciosamente y que existen motivos racionales para su ejercicio. Finalmente, el Tribunal declara admisible el recurso, permitiendo que la parte demandada presente sus argumentos en un plazo de veinte días, tras lo cual se fijará la audiencia para la presentación de alegatos.

Extracto de la motiva

(…) en la presente causa se han acumulado en una sola pretensión, un cumulo (sic) de conceptos y derechos, los cuales por su propia naturaleza debieron ser analizados por separado, en cuanto a la prescripción se refiere, pues se desprende del escrito libelar se formularon pretensiones que si bien se originan con ocasión a la relación de trabajo que existió entre las partes, no se encuentran sujetas ni le son aplicables las disposiciones contenidas en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo, que regula la prescripción de las acciones laborales, como lo es la obligación de devolver los haberes disponibles a favor del trabajador en el Fondo de Capitalización de Jubilación y el Fondo de Ahorros. (…) el Fondo de Capitalización de Jubilación está compuesto por los aportes que durante toda la relación de trabajo han hecho tanto el trabajador como la empresa, lo cual constituye un patrimonio exclusivo del trabajador, cuya entrega por parte de la empresa, no puede estar sujeta a lapsos prescriptivos, pues se estaría violentando el derecho de propiedad y por consiguiente por esa naturaleza eminentemente patrimonial resultan ser derechos imprescriptibles, así como las acciones para reclamar su pago o reconocimiento, o en todo caso, podrían estar sujetos a lapsos prescriptivos mayores, como podría ser el decenal o el veinteañal (sic).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial del accionante, contra la sentencia de fecha 19 de octubre de 2009, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. En consecuencia, y de conformidad con el iter procesal establecido en el capítulo VI del título VII de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a partir del día siguiente a la publicación del presente auto, comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, a los fines de que la parte demandada pueda consignar por escrito los argumentos que a su juicio contradigan los alegatos del recurrente. Una vez concluida la sustanciación, la Sala dictará un auto, fijando el día y la hora para la realización de la audiencia, donde las partes podrán formular sus alegatos y defensas, de manera pública y contradictoria.

Palabras clave

cobroacreencias laboralesreintegrofondo de jubilaciónfondo de ahorroprescripcióncontrol de legalidad

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca