Sentencia N° 462 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de octubre de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 462, Exp. 23-050, 30/10/2023
Expediente23-050
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-10-30
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 30 de octubre de 2023, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La controversia se centró en el cobro de prestaciones sociales por parte de los demandantes, quienes alegaron que su salario debía ser considerado en dólares, mientras que la parte demandada argumentó que correspondía al salario mínimo en bolívares. La Sala determinó que la decisión del tribunal inferior fue correcta al condenar a la demandada al pago de las prestaciones en dólares, dado que no se demostró que existiera un pacto de pago en moneda extranjera.
Extracto de la motiva
Sin embargo, a pesar de la falta de técnica casacional constatada, esta Sala de Casación Social, a los fines de preservar las garantías contenidas en los artículos 21, 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procede a analizar los argumentos que sustentan la delación, entendiendo que lo pretendido por la parte recurrente es denunciar el vicio de falsa aplicación los artículos 7 y 10 del Decreto de Ley que Regula el Sistema de Paro Forzoso y Capacitación Laboral. Afirma la representación judicial de la recurrente, que la sentencia impugnada modificó lo relativo a la causa de terminación de la relación de trabajo de los actores, particular que a su decir no había sido apelado; en tal sentido, sostienen que al modificar la causa de terminación de la relación de trabajo por despido, la alzada declara procedente el concepto de paro forzoso.
Dispositiva
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación formalizado por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, en fecha 17 de enero del año 2023; SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida.