Sentencia N° 1736 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1736, Exp. 09-681, 14/12/2010
Expediente09-681
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-12-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Reforestadora Dos Refordos, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Tercero Agrario que declaró inadmisible su recurso de nulidad. La Sala concluyó que la parte actora no demostró la representación legal adecuada para interponer el recurso, lo que llevó a declarar sin lugar la apelación. Se enfatizó la necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para la admisibilidad de acciones contra entes agrarios.
Extracto de la motiva
El caso de autos, versa sobre la apelación de una sentencia que declara inadmisible un recurso de nulidad de acto administrativo, propuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos y solicitud de amparo cautelar, en razón de que, tal y como lo determinó el tribunal de la causa, existe una manifiesta falta de representación en el abogado promovente del recurso de nulidad. Así las cosas, debe señalarse que el asunto a resolver por esta Sala será de mero derecho, verificando si la causal de inadmisibilidad establecida por el a quo es procedente o no. Así se establece. Expresado lo anterior, es preciso indicar que al interponerse una acción o recurso en contra de un ente agrario, se deben cumplir con ciertos requisitos, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 171 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Adicionado a lo expuesto preliminarmente, el contenido del artículo 173 del mismo texto normativo, establece cuáles son los motivos o fundamentos para que sea declarada inadmisible una acción o recurso contra un ente agrario. Para el caso de autos, el tribunal de la causa asevera que se configuró la causal de inadmisibilidad establecida en el numeral 9 del artículo 173 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; siendo que dicha causal se materializa: (…) 9. Cuando sea manifiesta la falta de representación que se atribuye el actor (…).
Dispositiva
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1°) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra el fallo emanado del Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 4 de mayo de 2009; y 2°) FIRME la sentencia apelada. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de la causa.
Palabras clave
apelaciónnulidadrepresentaciónente agrarioLey de TierrasCódigo de Procedimiento Civilinadmibilidad