Sentencia N° 1034 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 1034, Exp. 16-248, 13/12/2018
Expediente16-248
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-12-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por Davidson Fares Manzol en representación de Tibisay del Valle Manzol Pérez y David Fares Páez, contra el acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que otorgó una Carta Agraria a Olga Josefina Toro. La decisión se basa en la caducidad del recurso, ya que los demandantes no actuaron dentro del plazo legal establecido tras la notificación del acto administrativo impugnado.
La Sala argumenta que los demandantes tenían conocimiento del acto administrativo desde hace años y no presentaron su recurso en el tiempo adecuado, lo que lleva a la conclusión de que el recurso es inadmisible. Además, se destaca que la falta de remisión de antecedentes administrativos por parte del INTI no justifica la admisión del recurso, ya que la parte actora no demostró que no tuvo conocimiento del acto en cuestión.
Finalmente, se revoca la sentencia del Juzgado Superior Agrario que había declarado con lugar el recurso de nulidad, y se ordena la publicación y registro de esta decisión.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Primero: INADMISIBLE el recurso de nulidad incoado por el ciudadano Davidson Fares Manzol, actuando en representación de los ciudadanos TIBISAY DEL VALLE MANZOL PÉREZ y DAVID FARES PÁEZ, contra el acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI) en reunión Ext. N° 103-08 de fecha 21 de agosto de 2008, en el que se acordó otorgar Carta Agraria a favor de la ciudadana Olga Josefina Toro, sobre el lote de terreno denominado “Doña Clara”, ubicado en el Sector Tacalito, Parroquia Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico, constante de una superficie de seis hectáreas con tres mil seiscientos cincuenta y siete metros cuadrados (6 ha con 3.657 m²); Segundo: DECAÍDOS los recursos de apelación ejercidos por la representación judicial de la ciudadana Olga Josefina Toro y del Instituto Nacional de Tierras (INTI), contra la decisión dictada por el Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico en fecha 22 de enero de 2016; Tercero: REVOCA la aludida sentencia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.