Sentencia N° 475 — Sala de Casación Penal del TSJ, 29 de diciembre de 2011

TSJ/SCP, Sent. N° 475, Exp. C11-207, 29/11/2011
ExpedienteC11-207
PonenteNINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2011-12-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por los defensores de los ciudadanos acusados JESÚS ELIODORO CASTILLO SÁNCHEZ y RICHARD JESÚS NOGUERA PINEDA. Se determinó que la Sala Accidental Trigésima Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua no notificó adecuadamente al acusado RICHARD JESÚS NOGUERA PINEDA sobre la decisión de fecha 12 de mayo de 2010, lo que impide que la Sala de Casación Penal conozca del recurso hasta que se realice dicha notificación.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Penal está impedida de conocer el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos abogados CRISEIDA MARGARITA VÁSQUEZ ROJAS, ÉDGAR RAMÓN FRANCO GONZÁLEZ y AURA JOSEFINA LINARES RODRÍGUEZ, a favor de sus representados hasta tanto la Sala Accidental Trigésima Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, notifique al ciudadano acusado RICHARD JESÚS NOGUERA PINEDA, de la decisión de fecha 12 de mayo de 2010, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación. Y así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena a la Sala Accidental Trigésima Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, notificar al ciudadano RICHARD JESÚS NOGUERA PINEDA, de la decisión de fecha 12 de mayo de 2010, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por sus defensores.

Palabras clave

motivaciónpruebasderechosconstituciónapelaciónjusticiatribunales

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