Sentencia N° 151 — Sala de Casación Penal del TSJ, 3 de diciembre de 2020

TSJ/SCP, Sent. N° 151, Exp. C20-46, 03/12/2020
ExpedienteC20-46
PonenteMAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2020-12-03
DecisiónNULIDAD ABSOLUTA

Resumen

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró la nulidad absoluta de todas las actuaciones cumplidas en el proceso a partir del 26 de febrero de 2019, debido a la infracción de derechos y garantías constitucionales de las víctimas. Se ordenó reponer la causa a un tribunal distinto para que dicte el pronunciamiento correspondiente respecto a la solicitud de nulidad interpuesta por el querellado José Luis Tamayo Rodríguez. La decisión se fundamenta en la falta de motivación y en la violación del derecho a la tutela judicial efectiva.

Extracto de la motiva

Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de todas las actuaciones cumplidas en el presente proceso a partir del 26 de febrero de 2019, oportunidad en la cual el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 17 y 170, y la sentencia número 908 de fecha 8 de agosto de 2000, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia´, abrió la articulación probatoria a los efectos de que las partes alegaran y promovieran pruebas. SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado en que un Tribunal de Primera Instancia en Función de Control distinto dicte el pronunciamiento correspondiente respecto de la solicitud formulada en fecha 25 de marzo de 2013, por el querellado JOSÉ LUIS TAMAYO RODRÍGUEZ, inserto a los folios setenta (70) al noventa y cinco (95) de la primera pieza del expediente. TERCERO: Se ORDENA la remisión del expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para su posterior remisión a un Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Remítase copias certificadas de la presente decisión a la Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de todas las actuaciones cumplidas en el presente proceso a partir del 26 de febrero de 2019. Se REPONE la causa al estado en que un Tribunal de Primera Instancia en Función de Control distinto dicte el pronunciamiento correspondiente respecto de la solicitud formulada en fecha 25 de marzo de 2013. Se ORDENA la remisión del expediente a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

nulidadquerellaproceso penalapelaciónjusticiaderechostribunales

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