Sentencia N° 986 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de junio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 986, Exp. 11-0202, 15/06/2011
Expediente11-0202
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-06-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Aníbal Cuervo en representación de José Manuel Melim Rodríguez, quien alegó la falta de notificación de una sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. La Sala consideró que la falta de notificación violó los derechos constitucionales del demandado, impidiéndole ejercer su derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva. En consecuencia, la Sala ordenó la suspensión de la ejecución de la sentencia impugnada y la notificación del juez del Juzgado Superior para que se realice una nueva audiencia. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar el debido proceso y el acceso a la justicia, resaltando la importancia de la correcta notificación en los procedimientos judiciales. Finalmente, la Sala acordó la medida cautelar solicitada, suspendiendo la ejecución de la sentencia hasta que se resuelva el presente amparo, asegurando así que se respeten los derechos del demandado durante el proceso judicial.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que: 1.- ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Aníbal Cuervo, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MELIM RODRÍGUEZ, contra la falta de notificación de la sentencia dictada el 28 de julio de 2010, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta; 2. ORDENA la notificación del juez del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para que una vez que conste en autos dicha notificación, se fije dentro del lapso de cuatro (4) días siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral, conforme lo estableció, con carácter vinculante, esta Sala en sentencia n.º: 2.197 del 23 de noviembre de 2007. Igualmente se ordena remitir copias tanto de la presente decisión, como del escrito contentivo de la acción adjunto a la notificación antes ordenada.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que: 1.- ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Aníbal Cuervo, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ MELIM RODRÍGUEZ, contra la falta de notificación de la sentencia dictada el 28 de julio de 2010, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta; 2. ORDENA la notificación del juez del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para que una vez que conste en autos dicha notificación, se fije dentro del lapso de cuatro (4) días siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral, conforme lo estableció, con carácter vinculante, esta Sala en sentencia n.º: 2.197 del 23 de noviembre de 2007. Igualmente se ordena remitir copias tanto de la presente decisión, como del escrito contentivo de la acción adjunto a la notificación antes ordenada.

Palabras clave

amparo constitucionalnotificaciónderechos constitucionales

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