Sentencia N° 954 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de mayo de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 954, Exp. 03-0859, 24/05/2004
Expediente03-0859
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-05-24
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos William Alberto Simanca Rojas y Walter Germán La Madriz Gutiérrez contra el Ministro de Relaciones Exteriores, debido a la falta de jurisdicción para conocer de la acción de amparo intentada contra la República de Costa Rica. La Sala argumenta que la situación denunciada por los accionantes se ha materializado y no es posible restablecer la presunta lesión constitucional, lo que constituye una causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

Como punto previo, esta Sala observa que la pretensión de amparo interpuesta cumple con los requisitos que exige el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se declara. Sentado lo anterior, esta Sala procede a analizar la admisibilidad de la acción incoada y, a tal efecto, considera lo siguiente: La Sala observa que, constituye un hecho público y notorio que al ciudadano Carlos Ortega le fue otorgado el correspondiente salvoconducto por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, a fin de su traslado a Costa Rica en virtud del asilo político otorgado por dicho Estado. Por lo tanto, la presunta lesión constitucional denunciada por el accionante se materializó y no es posible el restablecimiento la presunta situación jurídica infringida. En tal sentido, siendo que la irreparabilidad de la situación denunciada constituye una causal de inadmisión expresamente contenida en el numeral 3 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, debe esta Sala declarar que ha sobrevenido dicha causal de inadmisibilidad.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara que: 1) CARECE DE JURISDICCIÓN para conocer de la acción de amparo intentada por los ciudadanos William Alberto Simanca Rojas y Walter Germán La Madriz Gutiérrez, contra la República de Costa Rica; y 2) INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por los mismos ciudadanos, contra el Ministro de Relaciones Exteriores.

Palabras clave

amparo constitucionaljurisdiccióninmunidadasilo políticoderechos humanossoberaníalesión constitucional

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