Sentencia N° 239 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de julio de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0239, Exp. 18-0734, 18/07/2019
Expediente18-0734
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2019-07-18
DecisiónIMPROPONIBLE EN DERECHO
Resumen
El abogado Luis Enrique Gómez Rodríguez interpone un recurso de interpretación sobre el cumplimiento de una sentencia de habeas data dictada en 2013. La Sala Constitucional del TSJ, presidida por Arcadio Delgado Rosales, analiza la demanda y determina que no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en la jurisprudencia. Finalmente, declara improponible en derecho la demanda presentada por el abogado.
Extracto de la motiva
Siendo ello así, en el presente caso lo que se pretende es la interpretación de una sentencia que en su contenido no interpreta una norma o un principio de rango constitucional, tal como lo prevén las normas antes mencionadas, así como tampoco cumple con los requisitos de admisibilidad previstos en los criterios jurisprudenciales supra mencionados, razón por la cual la presente “demanda de interpretación” no encuadra dentro de los supuestos legales para su procedencia. De esta manera, de conformidad con las normas y los criterios jurisprudenciales citados, resulta forzoso para esta Sala declarar improponible en derecho la demanda de interpretación planteada por el abogado Luis Enrique Gómez Rodríguez, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Nicolás Martínez Celis, sobre el “cumplimiento de la sentencia de habeas data dictada por el Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, el 07 de junio de 2013”. Así se declara.
Dispositiva
Declara IMPROPONIBLE EN DERECHO la presente demanda de interpretación planteada por el abogado Luis Enrique Gómez Rodríguez, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ NICOLÁS MARTÍNEZ CELIS, sobre el cumplimiento de la sentencia de habeas data dictada por el Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, el 07 de junio de 2013.