Sentencia N° 1883 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de diciembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1883, Exp. 17-0293, 11/12/2023
Expediente17-0293
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2023-12-11
DecisiónImprocedente
Resumen
El ciudadano Wilmer Rafael Partidas Rangel solicitó aclaratoria de la sentencia número 652 del 26 de noviembre de 2021, en la que se declaró la pérdida del interés procesal y el abandono del trámite. La Sala Constitucional, tras analizar la solicitud, consideró que no existía ambigüedad ni oscuridad en la sentencia original que justificara la aclaratoria. A pesar de la inactividad del demandante, la Sala decidió continuar el proceso debido a la naturaleza de orden público de los derechos involucrados en el caso.
Extracto de la motiva
En el caso de autos es obvio el interés, toda vez la interpretación constitucional realizada del artículo 767 del Código Civil regulatorio de la comunidad concubinaria en ausencia de matrimonio, en el sentido de que “En ausencia de las Capitulaciones patrimoniales admitidas en el concubinato por inexistencia o nulidad de las mismas, deberá presumirse la comunidad de bienes salvo prueba en contrario”, todo ello a tenor de lo previsto en el artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, fue en ocasión al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el ciudadano Wilmer Rafael Partidas Rangel. Aunado a ello, el mencionado recurso de nulidad por inconstitucionalidad fue declarado en la sentencia objeto de aclaratoria, la perdida de interés procesal con el consecuente abandono del trámite, al considerar esta Sala que habían transcurrido más de un (1) año sin que el prenombrado ciudadano (parte actora) manifestara su interés en la resolución de la litis. De acuerdo a lo anterior, esta Sala considera que en el presente caso el obvió el interés, tal como se afirmó en líneas precedentes, razón por la cual se admite la solicitud de aclaratoria presentada por ciudadano Wilmer Rafael Partidas Rangel, actuando en nombre propio y representación. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia número 652 del 26 de noviembre de 2021, realizada por el ciudadano WILMER RAFAEL PARTIDAS RANGEL, abogado en ejercicio, actuando en nombre propio y representación.