Sentencia N° 1753 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de noviembre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1753, Exp. 23-1269, 03/11/2025
Expediente23-1269
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad por Inconstitucionalidad
Fecha de la decisión2025-11-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró improponible la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la U.E. Colegio Arístides Bastidas, que alegaba omisiones de diversos órganos del poder público en la protección del derecho a la educación. La demanda se centraba en la falta de acción de la Zona Educativa del Estado Yaracuy y otros entes, que no habían garantizado el cumplimiento de las sentencias previas relacionadas con el desalojo de la institución educativa. La Sala concluyó que la demanda era vaga y no precisaba adecuadamente las inacciones que se alegaban como inconstitucionales.
Extracto de la motiva
Conforme con los planteamientos que han sido expuestos, debe esta Sala Constitucional declarar que la presente demanda de inconstitucionalidad por omisión respecto a los Órganos del Poder Público, Nacional, Estadal o Municipal “…Zona Educativa del Estado Yaracuy, Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y el Adolescente, Defensoría del Pueblo y Juzgado 1° de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy”, resulta improponible en derecho. Así, finalmente, se decide. Habida cuenta de la anterior decisión, resulta inoficioso el que la Sala se pronuncie sobre la solicitud cautelar formulada por el solicitante. Así se señala.
Dispositiva
Se declara IMPROPONIBLE en derecho la demanda por inconstitucionalidad respecto a la omisión de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal o Municipal.
Palabras clave
inconstitucionalidadomisiónderecho a la educaciónZona EducativaEstado Yaracuy