Sentencia N° 1697 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1697, Exp. 09-1162, 10/12/2009
Expediente09-1162
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 10 de diciembre de 2009, declaró sin lugar la solicitud de revisión presentada por Fedra Miranda Hernández contra la sentencia N° RC-402 de la Sala de Casación Civil. La solicitante argumentó la existencia de un trato discriminatorio y la violación de principios constitucionales, pero la Sala concluyó que no hubo infracción de derechos fundamentales ni error en la interpretación de la ley. Se reafirmó que la revisión no es un recurso ordinario, sino una potestad extraordinaria para mantener la uniformidad de la interpretación de normas constitucionales.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por la ciudadana FEDRA MIRANDA HERNÁNDEZ, asistida por el abogado Eddy Méndez Naranjo, ya identificados, contra la decisión Nº RC-402, dictada el 20 de julio de 2009 por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por la ciudadana FEDRA MIRANDA HERNÁNDEZ, asistida por el abogado Eddy Méndez Naranjo, ya identificados, contra la decisión Nº RC-402, dictada el 20 de julio de 2009 por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
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