Sentencia N° 1324 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2010

TSJ/SC, Sent. N° 1324, Exp. 09-1245, 10/12/2010
Expediente09-1245
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-12-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la decisión N° 127 de la Sala Electoral, que desaplicó normas del Reglamento Electoral de la Caja de Ahorros de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN, por considerar que eran contrarias al principio de igualdad. La Sala Constitucional concluyó que la desaplicación era no conforme a derecho y anuló la decisión de la Sala Electoral, ordenando que se emita un nuevo fallo tomando en cuenta la doctrina establecida en esta decisión. Se ordenó la realización de un nuevo proceso electoral, garantizando el derecho al sufragio de todos los asociados.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional considera que la exigencia de residencia de los candidatos a miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja Nacional de Ahorros de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN resulta contraria al principio de igualdad, al menoscabar injustificada y desproporcionadamente el ejercicio del derecho fundamental al sufragio. Se desaplican las normas contenidas en los artículos 15 y 23 del Reglamento Electoral, en lo referido a la exigencia de residencia para ejercer el derecho al sufragio tanto activo como pasivo. La Sala concluye que la cláusula de igualdad ante la ley no prohíbe que se le confiera un trato desigual a un ciudadano o grupo de ciudadanos, siempre y cuando se den las condiciones necesarias para justificar dicho trato desigual. En consecuencia, se declara la nulidad del proceso electoral impugnado y se ordena la realización de uno nuevo.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos NELSON ROMERO CASTILLO y ROBERTO LA TORRE, contra el proceso electoral de la Caja de Ahorros de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), cuyo acto de votación se celebró el 30 de agosto de 2007 y, en consecuencia, NULO el referido proceso electoral. SEGUNDO: SE ORDENA a la actual Junta Directiva de la Caja de Ahorros de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), convocar una Asamblea de asociados en la que se elija una Comisión Electoral que lleve a cabo una nueva elección para elegir a los miembros del Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la referida Caja de Ahorros. TERCERO: SE ORDENA al referido órgano comicial que convoque a elecciones dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la notificación del Presidente del Consejo Nacional Electoral. CUARTO: SE ORDENA al actual Consejo de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Jubilados y Pensionados del INOS-MARN (CANJUPINOS), abstenerse de realizar cualquier actuación que menoscabe los derechos y garantías constitucionales de los recurrentes.

Palabras clave

control constitucionaldesaplicaciónnormas jurídicasderecho privadoconstituciónactos normativos

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