Sentencia N° 1202 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de julio de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1202, Exp. 17-0907, 23/07/2025
Expediente17-0907
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-07-23
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia N° 356 de la Sala de Casación Social, que había declarado con lugar un recurso de casación interpuesto por Jesús Alirio Zambrano Mora contra Inversiones Sosilfer 2000, C.A. La revisión se centró en la denuncia de incongruencia por ultrapetita, alegando que la Sala de Casación Social había excedido los límites de su conocimiento al condenar conceptos que no fueron objeto de apelación. La Sala Constitucional determinó que no hubo violaciones a normas o principios constitucionales, y que la solicitud de revisión no constituía una tercera instancia para cuestionar el fallo adverso.

Extracto de la motiva

Como se observa de los pasajes supra transcritos, en el caso concreto se ordenó calcular por experticia complementaria del fallo, lo que corresponde al trabajador por concepto de prestación de antigüedad, tomando en consideración los salarios mensuales derivados de los recibos de pago cursantes en autos, con la inclusión del diez por ciento (10 %) de comisión por servicio - para el período comprendido entre el 4 de abril de 2011 al 18 de julio del mismo año -, así como la tasación de la propina fijada por el sentenciador de primer grado de conocimiento - para el período comprendido entre el 23 de agosto de 2000 hasta el 18 de agosto de 2003 -; empero, obviándose acordar el cómputo de los intereses mensuales que dicha prestación genera, de conformidad con lo previsto en el tercer aparte del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997, aplicable ratione temporis. Por consiguiente, habiendo sido acordado el cálculo de la prestación de antigüedad, ambos juzgadores de instancia se encontraban compelidos a ordenar los intereses mensuales devengados, partiendo de la aplicación de la norma legal delatada, cuestión que conlleva a verificar la comisión del vicio imputado. Así se decide. Como sustento adicional, conviene advertir que si bien la parte actora en la audiencia oral y pública de apelación no hizo mención del yerro cometido originariamente por el juez a quo, el mismo ha debido ser corregido por la sentenciadora de alzada, al tratarse de un reclamo efectuado en el libelo de demanda, aunado al pleno fuero de conocimiento que poseía de la causa, en vista de la forma genérica en que fue planteado el recurso en dicha instancia, esto es, sin haber sido precisado los puntos sometidos a su consideración, en la oportunidad procesal en que se verifica tal delimitación, la cual ocurre en el momento en que el recurso de apelación es propuesto en forma escrita, según ha sostenido esta Sala de Casación Social en sentencia Nº 2469 de fecha 11 de diciembre de 2007, caso: Edih Ramón Báez Martínez contra Trattoria L´Ancora, C.A, reiterada en decisión N° 591 del 4 de agosto de 2015, caso: Enrique Antonio Tovar Pérez contra Pastas Capri, C.A.). En mérito de las argumentaciones expuestas, se declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante; en consecuencia, se anula el fallo recurrido, resultando inoficioso conocer las restantes delaciones formuladas, puesto que de conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, corresponde a esta Sala decidir el fondo de la presente controversia.

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta de la sentencia proferida el 4 de mayo de 2017, por la Sala de Casación Social, distinguida con el n.° 356, que declaró: i) con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia dictada el 21 de junio de 2016, por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; ii) anuló el fallo recurrido; y iii) parcialmente con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.

Palabras clave

prestacionesantigüedadinteresestrabajoleycasaciónsalario

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