Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal
GO 6.854 Extraordinario del 14-11-2024
Tipo de instrumentoLEY_ORGANICA
Gaceta Oficial6.854 Extraordinario
Publicación14-11-2024
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORGANICO
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos48
Órgano emisorAsamblea Nacional
Objeto de la ley
Establecer las normas de organización y funcionamiento de la Justicia de Paz Comunal.
Resumen
La Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal tiene como objetivo regular la organización y funcionamiento de la Justicia de Paz Comunal, promoviendo la participación del Poder Popular y la resolución de conflictos a través de mecanismos como la conciliación, mediación y arbitraje. La ley establece las competencias de las Juezas o Jueces de Paz Comunal, así como los principios que rigen su actuación, garantizando el respeto a los derechos humanos y la convivencia pacífica en las comunidades. Además, se contempla la formación y capacitación de los jueces, así como la promoción de la justicia social y la solidaridad.
Temas principales
Justicia de PazPoder PopularResolución de ConflictosConciliaciónMediaciónArbitrajeDerechos HumanosParticipación CiudadanaComunidadSolidaridad
Jurisprudencia que la aplica
Esta norma es citada por 3 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia registradas en el corpus de IAJURISS. Decisiones recientes: