Sentencia N° 656 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de junio de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 00656, Exp. 2006-1048, 04/06/2008
Expediente2006-1048
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-06-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil CELADORES MARA, C.A. contra la Resolución N° 3.799 del Viceministro del Trabajo, que había declarado con lugar la suspensión de despido masivo. La Sala determinó que el acto administrativo impugnado no adolecía de los vicios alegados por la recurrente, ya que se comprobó que el despido afectó a un número de trabajadores que superaba el porcentaje requerido por la ley para considerarlo como despido masivo.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que si bien el acto administrativo impugnado erró en la estimación del porcentaje de trabajadores despedidos, no adolece del denunciado falso supuesto de hecho, en el sentido de que, en efecto, la suma de trabajadores afectados por la decisión del patrono supera el porcentaje que la ley establece para calificar los despidos masivos, atendiendo a la nómina de trabajadores del patrono. En consecuencia, tampoco se verifica la alegada errónea interpretación del artículo 34 de la Ley Orgánica del Trabajo. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos anteriormente expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil CELADORES MARA, C.A. (CELMACA), contra la Resolución N° 3.799 de fecha 13 mayo de 2005, dictada por el Viceministro del Trabajo, actuando por delegación de firmas de la entonces MINISTRA DEL TRABAJO, que declaró con lugar la suspensión de despido masivo incoada contra la referida empresa así como el reenganche de los denunciantes a sus puestos de trabajo.

Palabras clave

despido masivonulidadreenganche

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