La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de nulidad interpuesto por VÍCTOR ANTONIO PALOMINO NOGALES contra el acto administrativo del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas. El recurrente alegó que el cálculo de su pensión y antigüedad no se realizó conforme a la normativa laboral más favorable, argumentando violaciones a sus derechos constitucionales de igualdad y a la seguridad social. Sin embargo, la Sala determinó que el régimen aplicable era el de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, desestimando los alegatos del recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que ha sido denunciado un vicio de falso supuesto de derecho, por cuanto la parte recurrente sostiene que es errónea la aplicación del régimen de leyes especiales que rigen a la Fuerza Armada Nacional, para el cálculo de la asignación de antigüedad y pensión que corresponde a los oficiales que pasan a situación de retiro, por haber cumplido el tiempo de servicio de treinta (30) años, siendo lo correcto la aplicación del régimen establecido en la normativa laboral, violándose así los derechos contenidos en los artículos 88 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ciertamente, el régimen de las asignaciones de antigüedad, fideicomiso y otorgamiento de pensión, previsto en la Sección Quinta del Capítulo II de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacionales es distinto al contemplado en el Capítulo VI del Título II de la Ley Orgánica del Trabajo, cuya aplicación solicita el recurrente, por considerarla más beneficiosa. No obstante, la Sala concluye que el régimen aplicable para el cálculo de su prestación por antigüedad, es el establecido en el artículo 21 de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, tal como lo dispuso el Presidente de la Junta Administradora del Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas, en el acto administrativo impugnado.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Maestro Técnico Supervisor (Av.) VÍCTOR ANTONIO PALOMINO NOGALES, en situación de retiro, contra el acto administrativo Nº 320301-0275 de fecha 5 de julio de 2004, dictado por el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas Nacionales, adscrito al MINISTERIO DE LA DEFENSA, hoy Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
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