El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, dictó una sentencia en la que se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Baltico Consultores, C.A. contra la resolución del INCES que declaró inadmisible su recurso jerárquico. Se anula la resolución que declaró inadmisible el recurso y se confirma la resolución de incumplimiento de deberes formales que impuso una multa a la empresa por no inscribirse en el registro correspondiente dentro del plazo establecido. Además, se ordena al INCES recalcular la sanción de multa considerando el ajuste correspondiente a la unidad tributaria.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la consulta elevada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de la sentencia definitiva número 011-2019 del 18 de diciembre de 2019, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil Baltico Consultores, C.A., en acatamiento de lo previsto en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.220 Extraordinario del 15 de marzo de 2016, según el cual “Toda sentencia definitiva contraria a la pretensión, excepción o defensa de la República, debe ser consultada al Tribunal Superior competente”, habida cuenta que la representación judicial del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), no apeló de dicho fallo y el mismo resultó parcialmente contrario a sus intereses.
Dispositiva
Se ANULA la Resolución MPPPST-INCES-DRARJD-RJ-RES-2016-0234 de fecha 25 de noviembre de 2016. Se CONFIRMA la Resolución de Incumplimiento de Deberes Formales N° 16-4-1-2127 de fecha 12 de abril de 2016, que impone a la recurrente una multa por la cantidad de CINCUENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (50 UT).