La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto por SERVICIOS AVENSA S.A. contra la Resolución N° 2.762 del Ministerio del Trabajo, que suspendía un despido masivo. La Sala determinó que existía una unidad económica entre las empresas involucradas y que los despidos denunciados cumplían con los requisitos para ser considerados masivos. Se destacó que el procedimiento seguido por el Ministerio del Trabajo fue ajustado a derecho y garantizó el debido proceso.
Extracto de la motiva
La motivación de la decisión se centra en la existencia de una unidad económica entre las empresas AEROVÍAS AVENSA S.A. y SERVICIOS AVENSA S.A., lo que permitió considerar los despidos como masivos. La Sala analizó las pruebas presentadas y concluyó que los despidos afectaron a un porcentaje significativo de trabajadores, cumpliendo así con lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo. Además, se argumentó que el procedimiento administrativo fue llevado a cabo de manera adecuada, garantizando el derecho a la defensa de las partes involucradas.
Dispositiva
1.- Se ADMITE la intervención planteada por las abogadas Xiomara Cardozo y Raysabel Gutiérrez, Procuradoras de Trabajadores, en representación de los trabajadores antes identificados. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la sociedad mercantil SERVICIOS AVENSA S.A. (SERVIVENSA), contra la Resolución N° 2.762 de fecha 19 de junio de 2003, dictada por el MINISTERIO DEL TRABAJO, mediante la cual se declaró con lugar la suspensión de despido masivo interpuesta por los ciudadanos Romer José Fernández, Tonny Alexander Pereira Suárez, Yohan Aaron Ascanio Fernández, Luís González y Florencio Puentes Rodríguez, otros ciudadanos que se adhirieron con posterioridad, contra la empresa antes mencionada.
Palabras clave
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