La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Tomás Antonio Rodríguez Salazar contra actos administrativos del Ministerio de Energía y Minas relacionados con la convocatoria a concurso para la designación del titular de Auditoría Interna. La Sala considera que los actos impugnados son de mero trámite y no son recurribles, ya que no afectan derechos subjetivos del recurrente. Además, se desestiman los alegatos de falso supuesto de derecho y hecho, así como la violación del principio de confianza, concluyendo que el recurrente no demostró que los actos administrativos fueran ilegales.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por los apoderados judiciales del ciudadano TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SALAZAR, conjuntamente con medida de suspensión de efectos contra los actos administrativos contenidos en: 1) los avisos de convocatoria al concurso público para la designación del titular de Auditoría Interna del Ministerio de Energía y Minas, publicada en el Diario “El Universal”, en su edición del día 20 de septiembre de 2002; 2) la declaratoria de “desierto” del mencionado concurso, acordada en fecha 31 de enero de 2003 y publicada en fecha 11 de febrero de 2003, en los Diarios “El Universal” y “Últimas Noticias”; y 3) la convocatoria al concurso público para la designación del titular de Auditoría Interna del Ministerio de Energía y Minas, publicada en el Diario “El Universal”, en su edición del día 30 de marzo de 2003.