Sentencia N° 324 — Sala Político Administrativa del TSJ, 17 de abril de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00324, Exp. 2011-0895, 18/04/2012
Expediente2011-0895
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-04-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por Jesús Rafael Martínez, quien impugnó la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que había declarado sin lugar su recurso de nulidad. La Sala determina que la relación laboral del recurrente con la Universidad Simón Bolívar se convirtió en una relación a tiempo indeterminado, lo que conlleva a que su despido fue injustificado. Se ordena su reincorporación al cargo que desempeñaba y el pago de los sueldos dejados de percibir desde su retiro hasta su reincorporación.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que, de conformidad con el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, la parte que apele de un fallo tiene la carga de presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho del recurso. En este caso, el recurrente argumentó que su relación laboral era de carácter permanente y que no se le había permitido acceder a la condición de docente ordinario. La Sala concluye que la Universidad incurrió en un vicio de incompetencia al dar por terminado el contrato del recurrente, ya que dicha decisión debía ser tomada por el Rector. Por lo tanto, se declara la nulidad del acto administrativo impugnado y se ordena la reincorporación del recurrente.

Dispositiva

1. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial del ciudadano JESÚS RAFAEL MARTÍNEZ, contra la decisión dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo Nro. 2011-0387 de fecha 16 de marzo de 2011, en la que se declaró sin lugar el recurso de nulidad a que se refieren las presentes actuaciones. 2. La NULIDAD de la decisión N° 2011-0387 de fecha 16 de marzo de 2011, dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. 3. CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JESÚS RAFAEL MARTÍNEZ contra la “comunicación” número DTS-416-2006 de fecha 21 de febrero de 2006. 4. LA NULIDAD de la “comunicación” número DTS-416-2006 de fecha 21 de febrero de 2006. 5. SE ORDENA la REINCORPORACIÓN inmediata del profesor Jesús Rafael Martínez. 6. SE ORDENA efectuar el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de finalización del contrato (30 de abril de 2006), hasta su efectiva reincorporación.

Palabras clave

recurso de nulidadreincorporaciónestabilidad laboralUniversidad Simón Bolívar

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