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LEY DE UNIVERSIDADES

GO 1.429 Extraordinario del 08-09-1970
Tipo de instrumentoLEY_ORDINARIA
Gaceta Oficial1.429 Extraordinario
Publicación08-09-1970
Última reformaSin reformas registradas
JerarquíaORDINARIO
Rama del derechoDerecho Administrativo
Artículos191
Órgano emisorEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA

Objeto de la ley

La presente Ley tiene por objeto regular la organización, funcionamiento y control de las Universidades en el país.

Resumen

La Ley de Universidades establece el marco normativo para la creación, organización y funcionamiento de las universidades en Venezuela, tanto nacionales como privadas. Se define la autonomía universitaria, se establecen los principios de educación y se regula la creación de nuevas instituciones educativas. Además, se crea el Consejo Nacional de Universidades como órgano encargado de coordinar y supervisar el sistema universitario. La ley también aborda aspectos relacionados con la financiación, la administración y la participación de la comunidad universitaria en la toma de decisiones.

Temas principales

Autonomía UniversitariaConsejo Nacional de UniversidadesFinanciamiento UniversitarioEducación SuperiorReglamento Interno

Jurisprudencia que la aplica

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