Sentencia N° 245 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de marzo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00245, Exp. 2023-0049, 29/03/2023
Expediente2023-0049
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-03-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados contenciosos administrativos. El caso se originó a raíz de una demanda de nulidad interpuesta por Luis Ernesto Morante Álvarez contra un auto de homologación de transacción dictado por la Inspectoría del Trabajo del estado Zulia. La Sala determinó que el Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental era el competente para conocer del recurso de apelación ejercido por la Contraloría General del estado Zulia contra la sentencia anterior que había declarado con lugar la demanda de nulidad.

Extracto de la motiva

En virtud de lo anteriormente establecido, e[se] Juzgado Nacional en acatamiento de las decisiones proferidas por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (...), así como del criterio vinculante de la Sala Constitucional (...), considera que corresponde a la Jurisdicción Laboral el conocimiento de los actos emanados de los órganos administrativos vinculados con las relaciones laborales tales como las Inspectorías del Trabajo, razón por la cual considera que lo ajustado a derecho es declarar la incompetencia por la materia de la Jurisdicción Contencioso Administrativa para conocer la demanda de nulidad interpuesta. En atención a lo antes indicado, e[se] Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente demanda de nulidad, por lo que NO ACEPTA LA COMPETENCIA DECLINADA por el Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 27 de mayo de 2021, En consecuencia, se plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA. Así se establece (...)

Dispositiva

1) Que es COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia. 2) Que CORRESPONDE AL JUZGADO NACIONAL CONTENCIO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO-OCCIDENTAL, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial de la CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO ZULIA, contra la sentencia número 119 dictada el 30 de noviembre de 2007.

Palabras clave

competenciajurisdicciónnulidadadministrativalaboraldebido proceso

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