Sentencia N° 169 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de marzo de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00169, Exp. 1998-14448, 21/03/2023
Expediente1998-14448
PonenteJUAN CARLOS HIDALGO PANDARES
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-03-21
DecisiónEXTINCIÓN DE LA ACCIÓN

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jesús Antonio Mora Franco contra la Resolución número GN-1804 del Ministerio de la Defensa. La decisión se basa en la constatación del fallecimiento del demandante, evidenciado por el registro electoral del Consejo Nacional Electoral. La Sala destaca la importancia del interés procesal y la necesidad de que las partes mantengan el impulso del proceso judicial.

Extracto de la motiva

Correspondería a este Máximo Tribunal emitir pronunciamiento con relación a la “ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, RECURSO DE NULIDAD” ejercida el 6 de marzo de 1998, por el ciudadano Jesús Antonio Mora Franco, antes identificado, asistido de abogado, contra la Resolución número GN-1804 de fecha 16 de octubre de 1996, emanada del entonces Ministerio de la Defensa, hoy Ministerio del Poder Popular para la Defensa, mediante la cual se decidió someterlo a Consejo de Investigación, conforme a lo dispuesto en los artículos 255, 181 y 282 literal 2 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales y 6 literal b del Reglamento de los Consejos de Investigación, aplicable en razón del tiempo, sin embargo, se advierte lo siguiente: De la revisión de las actas procesales, se aprecia que el 11 de febrero de 1999, la Sala Político-Administrativa de la entonces Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, declaró su competencia y admitió la acción de amparo ejercida con el recurso de nulidad y, que el 4 de marzo del mismo año se celebró el acto de informes orales, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, debería pasar a dictarse decisión sobre la procedencia de la acción de amparo constitucional. No obstante, evidencia la Sala que con posterioridad a la presentación de conclusiones escritas por la parte demandada en esa misma fecha (4 de marzo de 1999) y la consignación del escrito de opinión del Ministerio Público el 24 de marzo de 1999, consta únicamente el auto del 24 de enero de 2000, mediante el cual se designó ponente y se ordenó la continuación de la causa, encontrándose paralizado el juicio desde ese momento.

Dispositiva

Declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN en la “ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, RECURSO DE NULIDAD” ejercida por el ciudadano JESUS ANTONIO MORA FRANCO, contra la Resolución número GN-1804 de fecha 16 de octubre de 1996, emanada del entonces MINISTERIO DE LA DEFENSA, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA.

Palabras clave

acción de amparorecurso de nulidadderechos constitucionalesfuerzas armadasjusticia administrativa

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