La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara improcedente la solicitud de retiro de la lista de trabajadores firmantes del despido masivo y parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Agropecuaria Kambu, C.A. contra la Resolución N° 6.134 del 25 de septiembre de 2008, que ordenaba el reenganche de veinticuatro trabajadores. Se anula la orden de reenganche y pago de salarios caídos para ocho trabajadores que habían renunciado a su relación laboral, mientras que se mantiene firme el resto del acto administrativo.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la resolución impugnada adolece de vicios que afectan su validez, en particular, la falta de consideración de las renuncias de varios trabajadores que solicitaron la suspensión del despido masivo. Se establece que la renuncia a la relación laboral implica la pérdida del derecho a ser reenganchados, lo que lleva a la anulación parcial de la resolución ministerial. La Sala también destaca que el despido masivo se configura al afectar a un número significativo de trabajadores, y que la administración debe considerar todos los despidos ocurridos en el procedimiento administrativo.
Dispositiva
1.- IMPROCEDENTE la solicitud de “retiro de la lista de trabajadores firmantes del despido masivo” formulada en fecha 25 de noviembre de 2010 por el abogado Willver Eduardo Terán Salas. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Nelson Alberto Valero Paredes, contra la Resolución N° 6.134 de fecha 25 de septiembre de 2008, en lo que concierne a la orden de reincorporación a su sitio de trabajo con la cancelación de los salarios y demás beneficios que les correspondan a favor de los ciudadanos: Eduardo A. Mendoza, Francisco Ramón Castillo, Román José La Paz, Cándida Rosa Rosales, Roseliano Montilla, Vicente Antonio Falcón Benítez, Estela Alfonso, José Manuel Moreno y María Emilia Flores Pérez.