Sentencia N° 1098 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de octubre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01098, Exp. 2012-0807, 26/10/2016
Expediente2012-0807
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-10-25
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente a favor de José Miguel Rivero Armas, quien impugnó un auto decisorio de la Contraloría General que declaró su responsabilidad administrativa y le impuso una multa. La Sala determinó que el acto administrativo adolecía de un vicio de falso supuesto de derecho, ya que la responsabilidad por las jubilaciones otorgadas recaía en el Contralor del Estado Bolívar, no en el demandante. Se declaró nula la sanción impuesta por los anticipos de prestaciones sociales y se ordenó remitir el caso a la Contraloría para evaluar la multa correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el ciudadano José Miguel Rivero Armas, en su condición de Director de Personal de la Contraloría del Estado Bolívar, debía velar por el cumplimiento de las leyes aplicables a la concesión del beneficio de jubilación. Sin embargo, se concluye que la responsabilidad por las jubilaciones otorgadas recae en el Contralor, y no en el demandante, lo que lleva a declarar procedente el alegato de falso supuesto de derecho. Se establece que el acto administrativo impugnado adolece de vicios que afectan su validez, lo que justifica la declaración de nulidad parcial de la sanción impuesta.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el abogado JOSÉ MIGUEL RIVERO ARMAS, actuando en su nombre, contra el auto decisorio de fecha 30 de noviembre de 2011, dictado por la Dirección de Determinación de Responsabilidades de la Dirección General de Procedimientos Especiales de la Contraloría General de la República. 2.- NULO el pronunciamiento referido a la sanción impuesta por los anticipos otorgados, FIRME el resto del acto recurrido. 3.- NULA la multa impuesta al recurrente mediante el auto decisorio de fecha 30 de noviembre de 2011 como consecuencia de la responsabilidad administrativa que le fue declarada, sólo en su aspecto cuantitativo. 4.- ORDENA remitir a la Contraloría General de la República copia certificada del presente fallo a fin que proceda a evaluar el monto de la pena pecuniaria impuesta al ciudadano JOSÉ MIGUEL RIVERO ARMAS, en virtud del vicio de falso supuesto advertido por esta Sala.

Palabras clave

nulidadresponsabilidad administrativaContraloría Generaljubilacionesprestaciones sociales

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