DecisiónOrdena la notificación de los apoderados judiciales para que consignen documentos de capacidad para transigir.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, en relación a su sentencia que declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto al arbitraje. Se presentó un acuerdo transaccional entre las partes, donde Siemens renunció a hacer valer la cláusula arbitral en este juicio. La Sala ordenó la notificación de los apoderados judiciales para que consignen documentos que acrediten la capacidad de las partes para transigir.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre la consulta de jurisdicción planteada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en relación a su sentencia de fecha 9 de agosto de 2010. Sin embargo, se advierte de los autos la existencia de un escrito consignado el 19 de octubre de 2010 por los apoderados judiciales de las empresas MMR Venezuela, S.A. y Siemens, S.A., anexo al cual presentaron el original de la transacción celebrada el 24 de septiembre de ese mismo año entre las partes, la cual fue autenticada ante la Notaría Pública Segunda del Municipio Chacao del Distrito Metropolitano de Caracas y anotada bajo el Nº 59, Tomo 199 de los Libros de Autenticaciones, en la cual se dejó constancia de lo siguiente: 'En virtud de lo expuesto en la presente transacción, SIEMENS renuncia, en este específico juicio, a hacer valer la cláusula arbitral prevista en el cláusula veintisiete (27) del contrato suscrito entre las partes...'. En efecto, consta a los folios 163 al 168 del expediente el referido escrito donde las partes exponen lo siguiente: 'LAS PARTES, ya identificados, de COMÚN ACUERDO, mediante RECÍPROCAS CONCESIONES, decidieron celebrar una transacción a los fines de dar por terminado el proceso judicial que cursaba ante el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, juicio éste [que se encuentra] ante esta Sala en virtud de la Solicitud de Regulación de la Jurisdicción interpuesto por lar parte actora del juicio principal...'.
Dispositiva
Sobre la base de los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ordena la notificación de los apoderados judiciales de las empresas MMR Venezuela, S.A., y Siemens, S.A., para que en un lapso de quince (15) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, consignen ante este Alto Tribunal los documentos de los cuales se desprenda la capacidad para poder transigir en el caso bajo examen, de los ciudadanos Arturo Pinzón, Director Suplente de la empresa MMR Venezuela, S.A., y Damian Francario y Thais Urriola, Director Gerente Comercial Administrativo y Financiero, y Factor Mercantil, respectivamente, de la empresa Siemens, S.A. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
jurisdicciónarbitrajetransaccióncobro de bolívares