Sentencia N° 51 — Sala Electoral del TSJ, 22 de abril de 2004
TSJ/SE, Sent. N° 51, Exp. 03-000091, 22/04/2004
Expediente03-000091
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-04-22
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción mero declarativa interpuesta por la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) para que se le reconociera como la organización más representativa de los trabajadores venezolanos. La Sala admitió la acción, pero posteriormente declaró su incompetencia para conocer del caso, argumentando que la materia corresponde a la jurisdicción laboral y no electoral. La decisión final fue declinar el conocimiento del caso a la Sala de Casación Social.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara su incompetencia para conocer de la presente causa y en consecuencia, declina el conocimiento de la misma en la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia. Se ordena la remisión inmediata del presente expediente a la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que continúe conociendo de esta causa, conforme al procedimiento que deba seguir.
Dispositiva
PRIMERO: Declara CON LUGAR la cuestión previa de incompetencia por la materia opuesta por la Procuraduría General de la República; SEGUNDO: Declara su INCOMPETENCIA para conocer de la presente causa y en consecuencia, DECLINA el conocimiento de la misma en la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
representatividadsindicatoConfederación de Trabajadores de Venezuelaacción mero declarativajurisdicción laboralincompetenciaderechos laboralesprocuraduría