Sentencia N° 100 — Sala Electoral del TSJ, 7 de junio de 2006

TSJ/SE, Sent. N° 100, Exp. 05-000102, 08/06/2006
Expediente05-000102
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2006-06-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Carlos Enrique Carrasco Oropeza contra el acto de proclamación de Ada Camacaro Rondón como concejal del Municipio Torres del Estado Lara. Se analizan las denuncias de inconsistencia numérica en las actas de escrutinio, determinando que algunas fueron subsanadas y otras no, pero se concluye que la decisión de la Junta Municipal es válida. La Sala reafirma la importancia de la voluntad del electorado y la legalidad en los procesos electorales.

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano CARLOS ENRIQUE CARRASCO OROPEZA, contra el acto de fecha 10 de agosto de 2005, emanada de la Junta Municipal del Municipio Torres del Estado Lara, mediante la cual se proclamó como Concejal de ese Municipio a la ciudadana Ada Camacaro Rondón.

Palabras clave

recurso contencioso electoralacta de escrutinioinconsistencia numéricaproclamación de concejalvoluntad del electoradolegalidad electoral

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