Sentencia N° 951 — Sala de Casación Social del TSJ, 24 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0951, Exp. 13-817, 24/10/2013
Expediente13-817
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2013-10-24
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, Carmen Lucy Yanez de Cretarolo, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y determinó que la sentencia recurrida no vulnera normas de orden público laboral, por lo que no era necesario conocer el fondo del asunto. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece los requisitos de admisibilidad del recurso de control de la legalidad, a saber: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: La parte recurrente denuncia, la violación por parte de la sentencia recurrida, de normas de orden público. En este sentido alega con relación al salario, que el Juez de alzada incurre en la infracción del artículo 140 de la Ley Orgánica del Trabajo, que establece el salario por unidad de tiempo y los artículos 73 y 74 eiusdem, relativos al contrato de trabajo a tiempo indeterminado, ya que a su decir, la recurrida valora y aprecia las pruebas instrumentales privadas promovidas por el actor, de manera incongruente y contradictoria.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por el representante judicial de la parte demandante, contra la sentencia de fecha 07 de mayo del año 2013, dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Guarenas. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Palabras clave

control de la legalidadsentenciaorden públicorecursotrabajojurisdicción

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