Sentencia N° 893 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de agosto de 2004

TSJ/SCS, Sent. N° 893, Exp. 04-647, 05/08/2004
Expediente04-647
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-08-05
DecisiónCON LUGAR el recurso incoado por la representación judicial de la parte demandada contra la antes mencionada decisión; en consecuencia se ANULA el fallo recurrido, y SIN LUGAR la demanda, sólo con respecto al lucro cesante.

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, analizó un recurso de casación interpuesto por la parte demandante y la parte demandada en un caso de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala declaró sin lugar el recurso de la parte demandante y con lugar el de la parte demandada, anulando el fallo recurrido en relación al lucro cesante. Se condenó a la empresa demandada a pagar una indemnización por daño moral, fijada en siete millones de bolívares, a favor del demandante.

Extracto de la motiva

La fundamentación es la carga procesal más exigente impuesta al recurrente como requisito esencial de la formalización, por su amplitud, complejidad y trascendencia. Aun y cuando la Sala de Casación Social, en apego a los principios constitucionales establecidos en los artículos 26 y 257 de nuestra Ley Fundamental, procura siempre garantizar el no sacrificio de la justicia por la omisión de formalidades no esenciales, y considera que en el caso que nos ocupa, el formalizante ha quebrantado formas esenciales en la presentación de la denuncia formulada, las cuales imposibilitan el conocimiento de la presente delación. En consecuencia, se desecha la presente denuncia y así se resuelve.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo de fecha 3 de mayo de 2004, emitido por el Juzgado Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoategui; 2) CON LUGAR el recurso incoado por la representación judicial de la parte demandada contra la antes mencionada decisión; en consecuencia se ANULA el fallo recurrido, y 3) SIN LUGAR la demanda, sólo con respecto al lucro cesante. Se condena a la empresa demandada a pagar al ciudadano RAMÓN NEPTALÍ BARRIOS LEÓN, la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 7.000.000,00), la cual deberá ser consignada ante el Tribunal competente a los fines de que éste realice la entrega directa al demandante.

Palabras clave

lucro cesantedaño moralaccidente laboralprestaciones socialesresponsabilidad objetivacontrato colectivoinspectoría del trabajo

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