Sentencia N° 892 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de octubre de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0892, Exp. 16-959, 18/10/2017
Expediente16-959
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-10-18
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de octubre de 2017, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Tirso José Pineda contra la sentencia del Tribunal Primero Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala observó que la denuncia de falta de aplicación de normas y el vicio de inmotivación por contradicción no eran procedentes, ya que se estableció que la relación laboral había culminado el 10 de octubre de 2002, y se desestimaron las alegaciones del recurrente sobre la aplicación de normas sublegales. La decisión confirma la sentencia de alzada y establece que no hay condenatoria en costas.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, se delata la incursión de la recurrida en el vicio de falta de aplicación de normas vigentes, entre ellas, los numerales 1 y 2 del artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. De esta forma, tomando en cuenta la normativa denunciada, es necesario destacar la imposibilidad que tiene esta Sala de Casación Social de revisar violaciones a disposiciones de rango constitucional, por cuanto como se ha aseverado en múltiples ocasiones, ello es competencia de la Sala Constitucional de este máximo Tribunal, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por cuanto solo son objeto del recurso de casación aquellas normas que resulten directamente infringidas, es decir, las normas de naturaleza infraconstitucional, que sean violadas de forma inmediata en el caso concreto. En lo que respecta a la denuncia inherente al artículo 9 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, de conformidad con la doctrina sostenida por esta Sala de Casación Social, no existe la posibilidad de que a través del recurso extraordinario de casación se pueda conocer de las denuncias por infracción de disposiciones de naturaleza sublegal, toda vez que “la delación de una norma de este rango debe enmarcarse en la formalización de otra por la infracción del precepto de rango legal que le sirve de fundamento, esto es, el imperativo desarrollado por la norma reglamentaria”.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por el ciudadano TIRSO JOSÉ PINEDA, contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el 18 de octubre de 2016. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión impugnada.

Palabras clave

contradicciónmotivaciónrelación laboralintereses moratorioscorrección monetariasentenciaLey Orgánica Procesal del Trabajo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca