Sentencia N° 888 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0888, Exp. 05-1044, 01/06/2006
Expediente05-1044
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2006-06-01
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, decide sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por los ciudadanos Olga Margarita Pérez de Salazar y Julián Antonio Salazar Alvarado, quienes demandaron a las sociedades AEROVÍAS VENEZOLANAS, S.A. y EMPRESAS AVENSA por cobro de prestaciones sociales. La Sala anula la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo que había declarado con lugar el recurso de apelación y parcialmente con lugar la demanda, argumentando que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia al fundamentar su decisión en un supuesto no alegado en la contestación de la demanda.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el Tribunal Superior tergiversó la defensa del demandado, al fundamentar su decisión conforme a un supuesto no alegado en la contestación, siendo la recurrida, en consecuencia, no congruente con los términos en que fue planteada la controversia en infracción del artículo 243, ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, norma que se debe aplicar por analogía, en conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual, aunque no fue expresamente denunciado, constituye una disposición de orden público legal. Así se establece. La Sala en conformidad con lo previsto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, anula la sentencia recurrida y procede a decidir el fondo de la controversia, con base en las siguientes consideraciones: En el caso concreto, la Sala aprecia que, de acuerdo con las pruebas aportadas a los autos, quedaron establecidos los siguientes hechos: En relación con la defensa de prescripción alegada por la sociedad mercantil Aerovías Venezolanas S.A. (AVENSA), el Tribunal de alzada estableció que ambos actores interrumpieron la prescripción en conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo. En este sentido, analizadas como fueron las pruebas al respecto, la Sala llega a la misma consideración. En consecuencia, se declara sin lugar la prescripción. Así se establece.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1º CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora; 2º SE ANULA la sentencia publicada el 13 de mayo de 2005, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas y, en consecuencia; 3º PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. En consecuencia, se condena solidariamente a las sociedades mercantiles Empresas Avensa (Empreavensa), S.A., y a Aerovías Venezolanas, S.A. (AVENSA), a pagar: A la ciudadana OLGA MARGARITA PÉREZ DE SALAZAR, la cantidad total de TREINTA Y CUATRO MILLONES TRECE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 34.013.299,99), y al ciudadano JULIÁN ANTONIO SALAZAR ALVARADO, la cantidad total de DIECINUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 19.200.838,92), más la indexación y los intereses de mora que resulten de la experticia complementaria del fallo.