Sentencia N° 887 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0887, Exp. 05-1957, 01/06/2006
Expediente05-1957
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-06-01
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 1 de junio de 2006, admitió el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, Fredy José Montes de Oca Rojas, contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo. La Sala declaró con lugar el recurso, argumentando que el tribunal inferior había incurrido en el vicio de inmotivación al no fundamentar adecuadamente su decisión sobre el bono de producción. Además, se declaró nulo el fallo recurrido y se dictó sentencia sobre el fondo, reconociendo la existencia de una única relación laboral entre el demandante y la empresa SINCOR, y se ordenó el pago de prestaciones sociales y otras indemnizaciones.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la parte actora a través de su apoderada judicial Yolibeth Montes De Oca, anunció recurso de casación el día 11 de noviembre del año 2005. Sin embargo, el Tribunal de alzada solamente admitió los anunciados tanto por la parte demandada y el tercero coadyuvante mediante auto de fecha 15 de noviembre del referido año. Por tanto, al haber omitido pronunciamiento el Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas sobre la admisibilidad del recurso extraordinario de casación anunciado por la abogada Yolibeth Montes De Oca, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadano Fredy José Montes De Oca, esta Sala de Casación Social de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, se ve compelida a analizar la admisibilidad de dicho recurso de casación, en los siguientes términos: Considerando que en el presente caso la sentencia recurrida pone fin al presente juicio por haber sido declarada parcialmente con lugar; que la cuantía del mismo es de ochocientos treinta y tres millones ciento ochenta mil trescientos bolívares con sesenta y dos céntimos (Bs. 833.180.300,62) según la estimación en el libelo de demanda, la cual sobrepasa la exigida en el artículo 167 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por último que el anuncio del recurso en fecha 11 de noviembre del año 2005 fue tempestivo, lo cual se verifica a través del auto de esa misma fecha emitido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de Caracas; esta Sala de Casación Social ADMITE el recurso de casación anunciado por la abogada Yolibeth Montes De Oca, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Fredy José Montes De Oca, parte actora en el presente juicio, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 28 de octubre del año 2005, reproducida el día 04 de noviembre del mismo. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1°) CON LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 28 de octubre del año 2005, reproducida el día 04 de noviembre del mismo año; 2°) PERECIDO el recurso de casación anunciado tanto por la parte actora como por la empresa Apoyoman, C.A., tercero coadyuvante en el proceso. En consecuencia, se condena en costas del recurso a las partes recurrentes a tenor de lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y 3°) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales y demás indemnizaciones que sigue el ciudadano Fredy Montes De Oca contra la sociedad mercantil Sincrudos de Oriente, C.A. (SINCOR). No hay condenatoria en costas del proceso por no haber vencimiento total.
Palabras clave
prestaciones socialesindemnizacionesrecurso de casacióninmotivaciónrelación laboralSINCORtrabajoderechos laborales