Sentencia N° 874 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de mayo de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 0874, Exp. 07-1903, 17/06/2008
Expediente07-1903
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-05-17
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, dictó sentencia el 17 de mayo de 2008, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, MIREYA JOSEFINA ALBORNOZ DE SULBARÁN, contra la sentencia del Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, dictada el 26 de julio de 2007. La decisión se fundamenta en la falta de claridad y precisión en los argumentos presentados por la parte recurrente, lo que llevó a la Sala a considerar que no se cumplió con la técnica exigida para el análisis del recurso.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la formalizante incurre en serias deficiencias técnicas en la formulación de su denuncia, ya que realiza una delación genérica, indicando de manera conjunta varios de los supuestos de procedencia del recurso de casación. Asimismo, se evidencia que la formalizante incurrió en una mezcla indebida de denuncias, puesto que en el encabezamiento de la misma, señala que la recurrida adolece de contradicción, falsedad y manifiesta ilogicidad de la motivación, mientras que de la confusa fundamentación que da a la misma, se evidencia que lo argumentado configura en todo caso, otras causales de procedencia del recurso de casación, como la incongruencia y errores en el establecimiento de la carga de la prueba. Por lo tanto, la Sala concluye que la presente denuncia no cumple con la técnica exigida para su análisis, por lo que debe ser desechada por falta de técnica.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 26 de julio del año 2007, dictada por el Tribunal Superior Cuarto del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

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