Sentencia N° 871 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de noviembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0871, Exp. 18-137, 30/11/2018
Expediente18-137
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2018-11-30
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por PEPSICO ALIMENTOS S.C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La Sala considera que el recurso no cumple con los requisitos establecidos por la ley, lo que lleva a su inadmisibilidad. Además, se destaca que no se condenan costas debido a la naturaleza de la decisión.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, prevé el control de la legalidad en los términos siguientes: El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. El Tribunal Superior del Trabajo deberá remitir el expediente a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de manera inmediata; la cual, una vez recibido el expediente, decidirá sumariamente con relación a dicha solicitud. En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior. La declaración de inadmisibilidad del recurso se hará constar en forma escrita por auto del Tribunal, sin necesidad de motivar su decisión.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, sociedad mercantil PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., contra la decisión del 20 de diciembre de 2017, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No se condenan las costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay.

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca