Sentencia N° 814 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de julio de 2005
TSJ/SCS, Sent. N° 0814, Exp. 04-995, 20/07/2005
Expediente04-995
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-07-20
DecisiónCON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, condenando solidariamente a las sociedades mercantiles C.A. Últimas Noticias, C.A. El Mundo y Publicaciones Capriles C.A.
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decide sobre un recurso de casación interpuesto por la ciudadana María Ángeles Urrutia de Rosalen contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La Sala concluye que las sociedades demandadas, C.A. Últimas Noticias y C.A. El Mundo, constituyen un grupo económico y que la actora tiene derecho a un salario superior al alegado por las demandadas, reconociendo la existencia de un bono que debe ser considerado para el cálculo de prestaciones sociales.
Extracto de la motiva
Al examinar la sentencia impugnada en casación, constata la Sala que la misma estableció, lo que de seguida se transcribe: 'Asimismo, alega la actora que también sirve como base, como incidencia para el salario mensual de Bs. 3.600.000,00, las tres constancias de trabajo por la cantidad de Bs. 3.000.000,00 cada una, por cada una de las tres empresas demandadas, lo cual se puede observar existe una manifiesta incongruencia o distorsión entre los soportes instrumentales indicados y la pretendida incidencia del último abono sobre prestaciones sociales.' La Sala, para decidir, observa: Al examinar la sentencia impugnada en casación, constata la Sala que la misma estableció, lo que de seguida se transcribe: 'Asimismo, alega la actora que también sirve como base, como incidencia para el salario mensual de Bs. 3.600.000,00, las tres constancias de trabajo por la cantidad de Bs. 3.000.000,00 cada una, por cada una de las tres empresas demandadas, lo cual se puede observar existe una manifiesta incongruencia o distorsión entre los soportes instrumentales indicados y la pretendida incidencia del último abono sobre prestaciones sociales.' La Sala, para decidir, observa: Al examinar la sentencia impugnada en casación, constata la Sala que la misma estableció, lo que de seguida se transcribe: 'Asimismo, alega la actora que también sirve como base, como incidencia para el salario mensual de Bs. 3.600.000,00, las tres constancias de trabajo por la cantidad de Bs. 3.000.000,00 cada una, por cada una de las tres empresas demandadas, lo cual se puede observar existe una manifiesta incongruencia o distorsión entre los soportes instrumentales indicados y la pretendida incidencia del último abono sobre prestaciones sociales.'
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 17 de mayo de 2004 proferida por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, 2) PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, en consecuencia, se condena solidariamente a las sociedades mercantiles C.A. Últimas Noticias, C.A. El Mundo y Publicaciones Capriles C.A., a cancelar las cantidades establecidas en la parte motiva del fallo.
Palabras clave
prestaciones socialesrecurso de casacióngrupo económicosalariobonificacionestrabajoantigüedadresponsabilidad solidaria