Sentencia N° 812 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0812, Exp. 11-608, 08/10/2013
Expediente11-608
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 8 de octubre de 2013, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, Antonio Nazianzeno Russoniello, contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Carabobo. La Sala anuló el fallo recurrido y reconoció la existencia de una relación laboral entre el demandante y el demandado, Ángelo Di Pietro, quien había eludido sus obligaciones laborales a través de diversas empresas. Se ordenó el pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales adeudados al actor, así como la aplicación de intereses moratorios y corrección monetaria.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la controversia se centra en la existencia de una relación laboral entre el demandante y el demandado, quien negó dicha relación. Sin embargo, se evidencia que el demandado utilizó diversas empresas para el pago de salarios, lo que enmascaró su condición de empleador. La Sala enfatiza que en materia laboral, prevalece la realidad sobre las formas, y que el juez debe indagar la verdad material de la relación jurídica. Se concluye que el demandante prestó servicios a favor del demandado, quien es responsable de las obligaciones laborales. Por lo tanto, se anula el fallo recurrido y se ordena el pago de las prestaciones adeudadas.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia proferida en fecha 6 de abril de 2011, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo; SEGUNDO: se ANULA el fallo recurrido, y TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, condenándose a la parte demandada a cancelar al actor los conceptos antes señalados, conforme los lineamientos que han sido expuestos en párrafos anteriores.

Palabras clave

relación laboralprestaciones socialescasación socialtrabajoderechos laborales

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