Sentencia N° 811 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0811, Exp. 12-436, 08/10/2013
Expediente12-436
PonenteSONIA COROMOTO ARIAS PALACIOS
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Edith Yolanda Florián Torregosa y José Gregorio Boloño García contra la decisión del Juzgado Octavo Superior del Trabajo. La Sala anula la sentencia recurrida y establece que la sociedad mercantil Inmobiliaria Tanaro, C.A. y el ciudadano Filippo Boidi Cortona son solidariamente responsables de las obligaciones laborales contraídas con los actores, quienes prestaron servicios desde 1985 hasta 2009. Se ordena el pago de diversas prestaciones laborales y se notifica al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales por la falta de inscripción de los trabajadores.
Extracto de la motiva
La falta de aplicación tiene lugar cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que esté vigente a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. El artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone que: Las costas proceden contra los estados, municipios, institutos autónomos, empresas del estado u las personas morales de carácter público, pero no proceden contra los trabajadores que devenguen menos de tres (3) salarios mínimos. En relación con el pago de las costas del recurso, el artículo 60 eisudem establece: Se condenará en las costas del recurso a quien haya apelado de una sentencia que sea confirmada en todas sus partes. En el caso concreto, ciertamente como lo afirma la recurrente, quedó establecido en fallo impugnado que los accionantes devengaron como último salario mensual la suma de Bs.F. 1.380,00, esto es Bs.F. 46,00 diarios, siendo éste el salario base de cálculo que fijó la recurrida para el pago de los conceptos demandados, entre otros, la indemnización por despido y la indemnización sustitutiva de preaviso, y demás conceptos acordados.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora, y en consecuencia se anula la sentencia proferida en fecha 18 de octubre de 2011, por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por los ciudadanos EDITH YOLANDA FLORIÁN TORREGOSA y JOSÉ GREGORIO BOLAÑO GARCÍA, contra la sociedad mercantil INMOBILIARIA TANARO, C.A. y, en forma personal, contra el ciudadano FILIPPO BOIDI CORTONA BOIDI; y TERCERO: SIN LUGAR la demanda contra la ciudadana ANA MARÍA GARCÍA. No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica de Trabajo.
Palabras clave
cobro de prestacionescasacióntrabajosolidaridadresponsabilidad laboral