Sentencia N° 802 — Sala de Casación Social del TSJ, 5 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0802, Exp. 12-1110, 05/08/2016
Expediente12-1110
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-08-05
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 5 de agosto de 2016, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por el demandante, Israel Arístides García Oviedo, contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo que había confirmado la decisión de primera instancia que declaró sin lugar la pretensión incoada. La Sala fundamentó su decisión en la correcta aplicación de las normas laborales y la validez de la transacción homologada en el proceso judicial anterior, destacando que la transacción tiene efecto de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa: Delata el formalizante la infracción de los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo (1997), 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (rectius: 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo publicado en la Gaceta Oficial número 38.426 del 28 de abril de 2006, vigente en razón del tiempo) en concordancia con el 1.395 del Código Civil, por errónea interpretación, correlativamente con la falta de aplicación de los dispositivos 5 y 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Afirma que la recurrida, al efectuar el estudio del documento contentivo del acuerdo de pago celebrado entre los contendientes, omitió verificar si estaban dados los requisitos legales para que pudiese tenerse como una transacción laboral con efecto de cosa juzgada, a saber lo relativo a la forma escrita, la relación circunstanciada de los hechos que la motivan, así como de los derechos en ellas comprendidos, junto con la indicación de las recíprocas concesiones.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Especial Cuarta de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, publicada el 25 de junio de 2012. SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.