Sentencia N° 754 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0754, Exp. 14-710, 11/08/2015
Expediente14-710
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-08-11
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 11 de agosto de 2015, declaró sin lugar los recursos de casación interpuestos tanto por la parte demandada como por la parte actora, confirmando la decisión del Juzgado Superior Sexto del Trabajo. La controversia giró en torno a la existencia de un vínculo laboral entre la demandante y la demandada, así como la validez de un acuerdo transaccional. La Sala determinó que la relación laboral fue correctamente establecida y que el acuerdo transaccional no podía ser considerado como un reconocimiento de la inexistencia de dicha relación.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social observa que la norma legal denunciada como falsamente aplicada lo constituye, el artículo 53 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras –antes artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo de 1997- prevé: “…Se presumirá la existencia de una relación de trabajo entre quien preste un servicio personal y quien lo reciba…”. De la transcripción de la norma se concluye, que en nuestra legislación una vez que se ha comprobado la prestación de un servicio personal a favor de un particular, se presume la naturaleza laboral de dicha relación, por lo que, al evidenciarse en el caso sub examine que la demandada se limitó a negar el carácter laboral del vinculo alegado, incurre en un error al denunciar la falsa aplicación de una presunción que opera de pleno derecho.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por la parte demandada contra la decisión de fecha 10 de abril de 2014, emanada del Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la referida decisión; TERCERO: se CONFIRMA la decisión recurrida.

Palabras clave

casaciónlaboralvínculo laboralacuerdo transaccional

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